La demandante recurrió al auto despido por acoso laboral.
Juzgado de Letras del Trabajo de Iquique acoge denuncia por tutela laboral por vulneración de los derechos fundamentales de trabajadora de Comité de Administración de condominio.
El Tribunal tuvo por acreditada la vulneración a la integridad psíquica de la demandante.

El Juzgado de Letras del Trabajo de Iquique acogió la denuncia de tutela por vulneración de derechos fundamentales de la integridad psíquica, deducida por una trabajadora del Comité de Administración de un condominio, la cual mantenía un contrato de honorarios, siendo que, a su juicio, en la práctica el vínculo era de carácter laboral.
En cuanto a la vulneración de derechos fundamentales, la demandante sostiene que se auto despidió por la causal de conductas de acoso laboral, debido a las conductas desplegadas por el ex Presidente del Comité de Administración del condominio, como por la actual Presidenta.
La sentencia señala, respecto de la solicitud de la demandante para que se reconozca la existencia del contrato de trabajo, que era carga procesal de la parte demandante acreditar la existencia del vínculo, cuya naturaleza jurídica alega, como la de ser un contrato individual de trabajo y no un contrato a honorarios.
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