En fallo unánime.
CS acogió protección contra Municipalidad de Pirque que no renovó patentes comerciales al Centro las Majadas basada en dictamen de la CGR.
El Centro Las Majadas no se enmarcaría en los usos de suelo fijados para el área.

En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Santiago que acogió la acción de protección deducida en contra de la Municipalidad de Pirque y de la Contraloría General de la República, por su decisión de no renovar las patentes comerciales otorgadas a Inversiones Melincue S.A., las cuales permiten el funcionamiento del “Centro Las Majadas de Pirque”, vinculadas a la explotación de un hotel y centro de convenciones, y al expendio de bebidas alcohólicas y restaurante.
La sentencia expuso que lo obrado por el municipio es el resultado de considerar, sobre la base de la interpretación del órgano contralor, la inviabilidad de las actividades comerciales desarrolladas hasta ese entonces por la sociedad recurrente, a través de la explotación del Centro Las Majadas de Pirque, debido a que el mismo no se enmarca en los usos de suelo fijados para esa área por el artículo 8.3.2.1 del Plan Regulador Metropolitano de Santiago, de 1994. Por esa razón, con el claro propósito de superar la discordancia anotada, es que el órgano municipal determinó la medida impugnada impidiendo sin más el uso comercial del proyecto.
Luego, sostiene que no es viable la afectación de una situación jurídica previamente reconocida por los órganos competentes, puesto que tratándose del uso del territorio rural, la localización espacial de las actividades con fines distintos al agrícola, se determinó sobre la base del cambio de uso de suelo requerido por la sociedad recurrente, de conformidad al artículo 55 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, tal como se advierte de la Resolución Exenta N° 47, de la SEREMI de Agricultura, de 2012 y del Ordinario N° 3133, de 2014, de la SEREMI de V. y U. de la Región Metropolitana; actos administrativos que surtieron plenos efectos desde su emisión.
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