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En fallo unánime.

CS confirma fallo que ordenó a Gendarmería entregar nómina de condenados por violación a los derechos humanos.

El máximo Tribunal estableció que el recurso debió ser presentado por Fisco y no por Gendarmería, servicio que carece de personalidad jurídica propia.

20 de mayo de 2019

En fallo unánime, la Corte Suprema declaró inadmisible el recurso de queja deducido en contra de la sentencia que ordenó a Gendarmería entregar información sobre condenados que cumplen actualmente penas efectivas por causas relativas a violaciones a los derechos humanos, consignando nombres, apellidos y números de cédula nacional de identidad.
La sentencia sostiene que atento lo dispuesto en las normas legales reseñadas en los motivos precedentes y no obstante existir distintos pronunciamientos anteriores, esta Corte Suprema se ha uniformado en este punto y hoy, a la luz de lo razonado, concluye que los órganos centralizados del Estado, que carecen de personalidad jurídica propia y que actúan -entonces- bajo la personalidad jurídica del Fisco de Chile, deben necesariamente comparecer y actuar en el orden judicial, representados por el Consejo de Defensa del Estado, organismo encargado de la defensa judicial de los intereses del Estado.
La resolución agrega que al haber comparecido Gendarmería de Chile por sí, no lo ha hecho debidamente representada en el orden judicial, por el Consejo de Defensa del Estado, motivo suficiente para que el recurso no pueda ser admitido a tramitación por falta de representación del Estado, por parte de quien comparece, lo que así se declarará.
Por último, concluye que por estas consideraciones, y lo dispuesto en los artículos y leyes citadas, y en los artículos 545 y siguientes del Código Orgánico de Tribunales, se declara inadmisible el recurso de queja interpuesto por don Christian Alveal Gutiérrez, Director Nacional de Gendarmería de Chile.

 

Vea texto íntegro de la sentencia rol 11.560-2019

 

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