Derechos Humanos.
CS condena a carabinero (r) por homicidio en Cunco en 1975.
El máximo Tribunal rechazó el recurso de casación deducido por la defensa de Rodríguez Canario, pero invalidó de oficio la resolución recurrida y dictó sentencia de reemplazo, en la que aplicó la figura de media prescripción, rebajando la pena inicial de 5 años y un día de presidio.

En fallo dividido, la Corte Suprema condenó al carabinero en retiro Mario Osvaldo Rodríguez Canario a la pena de 3 años y un día de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada intensiva por igual lapso, como autor del delito de homicidio de Gastón Salinas Martínez. Ilícito perpetrado el 31 de agosto de 1975, en la localidad de Cunco, Región de La Araucanía.
La sentencia sostiene que respecto de la aplicación del artículo 103 del Código Penal, es menester señalar que la prescripción gradual constituye una minorante calificada de responsabilidad criminal, cuyos efectos inciden en la determinación del quantum de la sanción corporal, independiente de la prescripción, con fundamentos y consecuencias diferentes. Así, aquélla descansa en el supuesto olvido del delito, en razones procesales y en la necesidad de no reprimir la conducta, lo que conduce a dejar sin castigo el hecho criminoso, en cambio la morigerante -que también se explica gracias a la normativa humanitaria– halla su razón de ser en motivos de política criminal relacionados con hechos ocurridos largo tiempo atrás, pero que no por ello deben dejar de ser irremediablemente sancionados, eso sí que con una pena menor.
La resolución agrega que de este modo, en casos como el presente, aunque el decurso del tiempo desde la comisión del ilícito se haya prolongado en exceso, no provoca la desaparición por completo de la necesidad del castigo y nada parece oponerse en el ámbito jurídico a que los tribunales recurran a esta atenuación de la pena fundada en el tiempo transcurrido desde la perpetración del delito.
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