Control obligatorio.
TC deberá pronunciarse sobre constitucionalidad de proyecto que prohíbe condicionar la permanencia de estudiantes al consumo de medicamentos para tratar trastornos de conducta.
Corresponde al Pleno del TC pronunciarse en control obligatorio sobre el proyecto de ley sometido a su conocimiento.

La Cámara de Diputados remitió al TC el proyecto de ley que modifica la Ley General de Educación en el sentido de prohibir que se condicione la permanencia de estudiantes al consumo de medicamentos para tratar trastornos de conducta (Boletín 11.662-04), con el objeto que se ejerza su control de constitucionalidad.
Al efecto, cabe recordar que el proyecto tuvo su origen en una moción de la diputada Girardi y que tiene por objeto, en esencia, hacer concordante la norma establecida en el párrafo segundo del numeral 4º del artículo 19 de la ley 21040 con lo establecido en el DFL Nº2 de 1998 de educación, y con la ley 20.370 que establece la ley general de educación, para que sea aplicable a todo el sistema educacional y con efecto inmediato con la promulgación y publicación del proyecto convertido en ley de la república.
Corresponde al Pleno del TC pronunciarse en control obligatorio sobre el proyecto de ley sometido a su conocimiento.
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