Diario Constitucional

Primera sala.

Impugnan ante el TC norma que permite practicar requerimiento de pago por avisos y que afectaría defensa eficaz en procedimiento ejecutivo.

La gestión pendiente incide en los autos sobre procedimiento ejecutivo, seguido ante el Tercer Juzgado de Letras en lo Civil de Santiago.

Por Redacción·21 de mayo de 2019·1 min de lectura
Impugnan ante el TC norma que permite practicar requerimiento de pago por avisos y que afectaría defensa eficaz en procedimiento ejecutivo.
Referencial

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, artículo 9 bis, de la Ley N° 17.635, modificado por la Ley N° 20.738.

El precepto impugnado establece: “El requerimiento de pago de la obligación derivada de las infracciones contenidas en los literales i) y ii) del artículo 1º, se efectuará conforme a lo establecido en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, indicándose para estos efectos el día, hora y lugar para practicarlo. Si el deudor no concurriere a esta citación, el embargo se efectuará inmediatamente y sin más trámite”.

La gestión pendiente incide en los autos sobre procedimiento ejecutivo, seguido ante el Tercer Juzgado de Letras en lo Civil de Santiago, en los que el Servicio de Vivienda y Urbanismo Metropolitano dedujo demanda ejecutiva y mandamiento de ejecución y embargo en contra de una particular.

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