Diario Constitucional

En fallo unánime.

CS confirmó sentencia que acogió protección deducida por profesor despedido de un Colegio a quien se ocultó investigación seguida en su contra por maltrato escolar.

La recurrente estimó vulnerada sus garantías constitucionales a la igualdad ante la ley y a la propiedad.

Por Redacción·27 de mayo de 2019·3 min de lectura
CS confirmó sentencia que acogió protección deducida por profesor despedido de un Colegio a quien se ocultó investigación seguida en su contra por maltrato escolar.
Referencial

En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Santiago que acogió la acción de protección deducida en contra de la Fundación Nido de Águilas por un profesor a quien se negó la entrega de la totalidad de los antecedentes contenidos en una investigación interna dirigida en su contra por supuesto maltrato escolar.

La recurrente estimó vulneradas sus garantías constitucionales a la igualdad ante la ley y a la propiedad.

Cabe recordar que la Corte de Santiago expuso en su sentencia que, no obstante que en el informe del colegio se señala repetidamente que se exhibieron al recurrente los documentos e informaciones de la investigación para que tuviera la ocasión de formular sus descargos, lo cierto es que también se afirma que en la carpeta investigativa constan datos sensibles y reservados que no se vinculan exclusivamente con éste sino con otras personas (alumnos, apoderados y trabajadores del colegio), sin que se precise de qué datos sensibles y reservados se trata.

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