Diario Constitucional

Reconsideración oficio N° 328, 2018.

CGR determina que Ley de Presupuestos permite invertir recursos del Fondo Nacional de Desarrollo Regional en la construcción de Centro de Salud Intercultural.

El ente contralor expresó que proyecto de inversión contribuye a satisfacer una necesidad pública de carácter general que, acorde con la jurisprudencia de este origen, se ajusta a los objetivos del FNDR.

Por Redacción·16 de junio de 2019·3 min de lectura
CGR determina que Ley de Presupuestos permite invertir recursos del Fondo Nacional de Desarrollo Regional en la construcción de Centro de Salud Intercultural.
Referencial

Se dirigió a la Contraloría General de la República, el Diputado Celis y el Servicio de Salud Araucanía Sur, solicitando la reconsideración del oficio N° 328, de 2018, de la Contraloría Regional de La Araucanía, que representó la adjudicación del proyecto “Reposición Centro de Salud Intercultural Boroa Filulawen”, atendido que, acorde con la jurisprudencia vigente, los servicios de salud solo pueden desempeñarse como organismos técnicos para la construcción de obras financiadas con recursos del Fondo Nacional de Desarrollo Regional (FNDR) cuando tales establecimientos pasan a formar parte de su patrimonio, supuesto que no se cumple en este caso pues el terreno en cuestión le pertenece al comité de salud del mismo nombre.

Requerido sus informes, el Gobierno Regional de La Araucanía sostiene que el proyecto cuestionado se ajusta a los fines del FNDR y que la designación del servicio de salud como unidad técnica resulta procedente; la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo estima que el servicio de salud no podría actuar como unidad técnica del proyecto y la Dirección de Presupuestos indica que al no ser el citado servicio de salud el dueño del inmueble, sino una entidad de carácter privado, no se cumpliría la normativa vigente para financiar ese proyecto con cargo a los recursos del FNDR.

Al respecto, el ente contralor recuerda que, respecto a la procedencia de destinar recursos del FNDR a la construcción del centro de salud en el terreno que se indica, debe considerarse que el punto 4.2.7 de la glosa 02, común para todos los programas 02 de los gobiernos regionales y para el programa 03 del Gobierno Regional de Magallanes y de la Antártica Chilena, de las leyes de Presupuestos del Sector Público para los años 2018 y 2019, dispone que con cargo al subtítulo 31 se podrá financiar “Inversiones en infraestructura social o deportiva, en los inmuebles que constituyan bienes comunes de propiedad de comunidades agrícolas, o ubicados en condominios de viviendas sociales y aquellos conformados de acuerdo a las leyes N°15.020 y N°16.640, sobre Reforma Agraria, y N°19.253, Ley Indígena”.

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