Primera sala.
Pretenden inaplicabilidad de norma que faculta al Presidente de la República para disponer el retiro temporal de un funcionario de la PDI.
El requirente estima que el precepto impugnado vulnera el principio de juridicidad.

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 90 letra b) del Estatuto del Personal de la Policía de Investigaciones de Chile.
El precepto impugnado establece: “Serán comprendidos en el retiro temporal los Oficiales y personal de Apoyo Científico – Técnico que se encuentre en algunos de los siguientes casos: b) A quienes el Presidente de la República conceda o disponga su retiro”.
La gestión pendiente incide en un recurso de apelación de protección, de que conoce la Corte Suprema, en que se impugnó la sentencia que rechazó la acción de protección deducida por el requirente, un Subinspector de la Policía de Investigaciones de Chile, contra la Contraloría General de la República, por rechazar la reclamación de ilegalidad respecto a la resolución que dispuso su retiro temporal de la institución.
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