Diario Constitucional

Multa por 5 UTM.

TRICEL se pronunciará respecto de reclamación interpuesta por el administrador electoral de una ex candidata a Diputada sancionado por no presentar cuenta general de ingresos y gastos electorales.

El reclamante expone que es el cónyuge de la ex candidata, y que en la campaña solo contaron con dineros y aportes propios y apoyo de voluntarios.

Por Redacción·19 de junio de 2019·1 min de lectura
TRICEL se pronunciará respecto de reclamación interpuesta por el administrador electoral de una ex candidata a Diputada sancionado por no presentar cuenta general de ingresos y gastos electorales.
Referencial

El Tribunal Calificador de Elecciones se pronunciará respecto de la reclamación interpuesta en contra de la Resolución G207 del Servicio Electoral, que aplicó procedimiento administrativo sancionatorio a Pedro Aguirre Baeza, administrador electoral de Myrna Sepúlveda Zamudio, ex candidata a diputada por el Distrito N° 7, Región de Valparaíso, sancionándolo con una multa de 5 UTM a beneficio fiscal por infracción al artículo 47 de la LOC sobre Transparencia, Límite y Control del Gasto Electoral.

En su libelo, el reclamante expone que es el cónyuge de la ex candidata, y que en la campaña solo contaron con dineros y aportes propios y apoyo de voluntarios, dado que él es jubilado y ella es una abogada que se dedica en forma libre al ejercicio de la profesión. Por lo anterior, solicita que se autorice a pagar la multa impuesta en cinco mensualidades, o lo que estime a bien el TRICEL.

Corresponde ahora que el Tribunal Calificador de Elecciones se pronuncie sobre esta reclamación.

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