Opinión.
Un juzgado desestima la demanda de copropiedad sobre el perro 'Indie' tras una ruptura de pareja.
El juez da la razón a la demandada al decretar que no procede conceder un régimen de copropiedad por el que compartir al animal en turnos de tres meses en cada vivienda, ya que en todo momento fue ella la que se hizo cargo del cuidado del perro y pagó sus facturas.

En una reciente publicación del medio español noticias.juridicas.com se da a conocer el artículo “Un juzgado desestima la demanda de copropiedad sobre el perro ‘Indie’ tras una ruptura de pareja”.
Se sostiene que no procede aplicar un régimen de copropiedad sobre el perro Indie tras una relación de pareja que acabó, pues todas las facturas están pagadas por una de las litigantes, el perro está a su nombre y el veterinario concluye que el peludo sufriría una gran ansiedad si se aleja al can de su dueña de forma recurrente.
Este ha sido el fallo contenido en una nueva sentencia en materia de custodia y copropiedad de mascotas, emitida por el Juzgado de Primera Instancia número cuatro de Murcia. La resolución resuelve la pretensión del demandante, que pretendía adjudicarse en copropiedad el can del que disfrutó durante los dos años que duró su relación de pareja.
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