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En fallo unánime.

Corte de Apelaciones de Santiago acoge demanda de jactancia en contra de multitienda.

El Tribunal de alzada revocó la resolución recurrida, dictada por el 17° Juzgado Civil de Santiago, y dio plazo de 10 días para que la empresa presente demanda por el cobro de la supuesta deuda.

9 de julio de 2019

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago acogió demanda de jactancia presentada en contra de la empresa de multitiendas Ripley S.A.
La sentencia sostiene que de lo anterior, se ha acreditado en autos que la parte demandada ha formulado manifestaciones públicas, por vía escrita, sobre la existencia de un derecho que sostiene como propio y que no estaría gozando, puesto que no se acompañó ni el pagaré ni el contrato respectivo que sustente el crédito que reclama, derecho que se encuentra lo suficientemente delimitado como para presumir o deducir que debiera ser perseguido a través de la pertinente acción ante los Tribunales de justicia.
La resolución agrega que de esta forma, encontrándose probado el supuesto de hecho de la jactancia a que se refiere el artículo 270 del Código de Procedimiento Civil, corresponde acoger la solicitud planteada el 13 de julio de 2017, rectificada el 17 de agosto del mismo año.
Por tanto, concluye que se revoca en lo apelado, la sentencia de fecha treinta de mayo de dos mil dieciocho dictada por el 17° Juzgado Civil de Santiago, y se declara, en su lugar, que se acoge, con costas, la demanda de jactancia interpuesta, condenando a Ripley S.A., a deducir demanda en contra de la actora, dentro del plazo de diez días a contar de la fecha en que quede ejecutoriada la presente sentencia, bajo el apercibimiento contemplado en el artículo 269 del Código de Procedimiento Civil.

 

Vea textos íntegros de las sentencias rol 9.077-2018 de la Corte de Santiago y de primera instancia.

 

 

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