En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Copiapó dejó sin efecto las órdenes de no innovar dictadas en marzo pasado, que suspendieron las actividades en cuatro establecimientos educacionales de la ciudad producto de emanaciones de gas detectadas.
La sentencia sostiene que teniendo en consideración el mérito de los antecedentes y de las medidas informadas por la Ilustre Municipalidad de Copiapó mediante presentación de folio 169, no existiendo oposición de parte del Instituto Nacional de Derechos Humanos, según da cuenta el escrito de folio 173, y teniendo especialmente presente el informe de la Superintendencia de Servicios Sanitarios de folio 175, que tampoco emitió una opinión desfavorable a la solicitud de la recurrida, sino que, por el contrario, expresó que la debida evaluación acerca de la suficiencia de las medidas adoptadas por el Municipio requiere que ‘… los recintos educacionales entren en funcionamiento escolar normal'; déjese sin efecto las órdenes de no innovar decretadas con fechas trece y veintiuno de marzo del año en curso, respecto de los establecimientos educacionales Liceo El Palomar, Escuela El Palomar, Escuela Las Brisas y Escuela Jesús Fernández, debiendo mantener la Superintendencia de Servicios Sanitarios una estricta fiscalización y monitoreo a su respecto.
Vea texto íntegro de la sentencia rol 246-2018
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