En fallo unánime.
Corte de Santiago confirma multa a consorcio por no respetar tasa máxima en operaciones de crédito.
El Tribunal de alzada confirmó la sanción aplicada por la SBIF al Consorcio de Tarjetas de Crédito SA.

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó recurso de reclamación y confirmó la resolución de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF) que aplicó una multa de 990 UF a la empresa Consorcio de Tarjetas S.A. (Visa) por no respetar la tasa máxima convencional en operaciones de créditos.
La sentencia sostiene que de conformidad con lo establecido en el artículo 34 de la ley 18.010 se dedujo la presente reclamación, cuyo propósito no puede ser otro que verificar la legalidad de las actuaciones llevadas a efecto ante la reclamada.
Agrega que sobre el particular se debe tener en consideración que los hechos en que se sustenta la resolución que impuso la multa no se controvirtieron, como asimismo la facultad que tiene la reclamada para imponerla, lo que hizo dentro de los márgenes que este texto legal señala en su artículo 33 y sobre la base de los criterios que esta misma norma establece, por lo que desde un punto de vista estrictamente legal, no cabe formular reparo alguno tanto a la resolución que impuso la multa, cuanto a aquella que rechazó la reconsideración deducida a su respecto.
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