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Por unanimidad.

CS confirma sentencia que rechazó protección contra Dirección General de Concesiones Públicas por rectificación de inscripción de lote.

La parte recurrente estimó vulnerados las garantías de la igualdad ante la ley y el derecho de propiedad.

18 de agosto de 2019

Por unanimidad, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Concepción, y rechazó la acción de protección, en contra de la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas, del Inspector Fiscal de Explotación y del Ministerio de Obras Públicas, por la rectificación de los datos de inscripción de un lote.
En el escrito, se señala haber recurrido de acción de protección en contra de la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas, del Inspector Fiscal de Explotación y del Ministerio de Obras Públicas, por el Ordinario 169, de fecha 05 de Diciembre de 2018, por medio de la cual informó la rectificación de los datos de inscripción con relación a la inscripción fiscal del lote N°201-1, sin instancia judicial previa y sin previo pago alguno.
El recurrente estimó vulnerado la garantía de la igualdad ante la ley; ya que los recurrentes se habrían visto impedidos de ejercer los derechos que según el DL N° 2186 sobre expropiaciones les reconoce, y el derecho de propiedad.
En su sentencia, la Corte Suprema arguyó que, como quedó de manifiesto en la discusión, si bien el presente arbitrio se dirige en contra de un acto administrativo específico, la real afectación del derecho de propiedad de los recurrentes se producirá, eventualmente, cuando mediante resolución judicial se ordene la extensión de la inscripción de dominio fiscal a una superficie actualmente ocupada por los recurrentes.
De ese modo, la sentencia concluyó que tratándose de un asunto que debió ser discutido en la instancia jurisdiccional declarativa actualmente en tramitación, ha de concluirse que la contienda se encuentra bajo el imperio del derecho, situación que obsta a que a través de este mecanismo de urgencia y estrictamente cautelar se adopten las medidas pretendidas por los actores. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo prevenido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Corte Suprema sobre la materia, se confirmó la sentencia apelada.

 

Vea textos íntegros de las sentencias de la Corte Suprema causa Rol 8931-2019 y de la Corte de Apelaciones de Concepción causa Rol 584-2019.

 

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