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En forma unánime.

CS confirmó sentencia y rechaza protección contra Servicio de Registro Civil e Identificación por negativa a dejar sin efecto posesión efectiva.

La parte recurrente estimó vulneradas las garantías constitucionales establecidas en el artículo 19 números 2, 24 y 26 de la Constitución.

22 de agosto de 2019

En forma unánime, la Corte Suprema confirmó sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que rechazó protección interpuesta por legatarios de herencia contra Servicio de Registro Civil e Identificación por negativa a dejar sin efecto posesión efectiva.

En su escrito, la parte recurrente arguyó que la recurrida se negó a dejar sin efecto la resolución por la que otorgó la posesión efectiva de causante a ciertos herederos, como si fuera intestada, en circunstancias que en su concepto la sucesión es en parte testada y parte intestada, por lo que no era competente para otorgarla. Acto que estima vulnera las garantías contenidas en los numerales 2, 24 y 26 del artículo 19 de la Constitución Política de la República.

En su sentencia, la Corte de Apelaciones de Santiago indicó, en síntesis que, no es posible atribuir al servicio recurrido un actuar ilegal, pues, precisamente, y conforme a todo lo que se ha señalado, al conocer y otorgar la posesión efectiva quedada al fallecimiento de la causante este actuar se revela ajustado en todo a la ley y en ningún caso, tampoco, carente de razón o caprichoso para poder calificarlo de arbitrario.

Por su parte, el máximo tribunal confirmó la sentencia apelada, dejando sin efecto sus considerandos cuarto a octavo y disponiendo que, como se puede apreciar, más allá de los aspectos formales planteados, la pretensión de los recurrentes persigue la posesión de los bienes legados, sin esclarecer las circunstancias que permitan determinar la procedencia de sustraer los bienes del destino que les ha dado la causante. Continuó indicando que, por lo anterior, no puede sino concluirse que no concurre la necesidad urgente de otorgar medidas de cautela en favor de los recurrentes, al menos a través de este arbitrio, sin perjuicio de las acciones y derechos que puedan ejercer en la instancia jurisdiccional declarativa que corresponda.

 

 

Vea textos íntegros de las sentencias de la Corte Suprema en causa Rol Nº 18594-2019 y de la Corte de Apelaciones de Santiago en causa Rol Nº 34357-2019.

 

 

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