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En forma unánime.

CS revoca sentencia y rechaza protección en contra de Dirección de Educación, Doctrina e Historia de Carabineros de Chile por eliminar a estudiante de un curso al ser sorprendido copiando.

La recurrente estimó vulneradas sus garantías constitucionales de igualdad ante la ley, y sus derechos de educación y de propiedad.

31 de agosto de 2019

La Corte Suprema revocó la sentencia de la Corte de Santiago y rechazó protección en contra de Dirección de Educación, Doctrina e Historia de Carabineros de Chile, por disponer la eliminación del recurrente del “Curso de Perfeccionamiento de suboficial graduado, Técnico Nivel Superior en Prevención e Investigación Policial 3, N.P.3, año 2018/2019″, por haber sido sorprendido copiando.

Respecto a los hechos, consta que el recurrente fue sorprendido mientras copiaba las respuestas desde una hoja que mantenía escondida debajo del examen. Luego, como consecuencia del indicado hecho, el actor fue sancionado, en definitiva, con tres días de arresto, por haber incurrido en la infracción disciplinaria prevista en la letra a) del N° 2 del artículo 22 del Reglamento N° 11 de Disciplina de Carabineros de Chile, en relación al N° 4 del “Acta de Obligaciones e Instrucciones de los alumnos de la Escuela de Suboficiales”. La recurrente estimó vulneradas sus garantías constitucionales de igualdad ante la ley, y sus derechos de educación y de propiedad.

El máximo Tribunal expuso en su sentencia que resulta evidente que la decisión impugnada no constituye una actuación ilegal o arbitraria, en tanto deriva de una grave inconducta en que incurrió el actor y que, además, ha sido expresamente reconocida por éste. En este sentido cabe subrayar que el proceder del recurrente, al ser sorprendido copiando en una prueba, afecta gravemente los fines para los cuales fue aceptado como alumno de la Escuela de Suboficiales, puesto que, en calidad de tal, se supone que intenta perfeccionar sus conocimientos profesionales, en beneficio propio y de la institución de la que forma parte, y acceder a puestos y responsabilidades superiores como consecuencia de esa mejora personal y técnica. Sin embargo, la actuación que se le reprocha supone negar tal objeto, pues demuestra que, pese a las pretensiones académicas que surgen de la postulación del actor a dicho plantel, ha estado dispuesto a recurrir a métodos reñidos con las características y procedimientos propios de una institución como la descrita, todo lo cual se contrapone con la finalidad declarada al ingresar como alumno del mentado establecimiento y justifica la determinación impugnada.

Enseguida, el fallo razonó que, es preciso consignar que en el caso en análisis no se ha verificado una infracción al principio non bis in ídem, desde que las medidas en que se basa la alegación respectiva son de diversa naturaleza y corresponden a emanaciones de responsabilidades de distinto origen, carácter y contenido.

Por consiguiente, la Corte Suprema revocó la sentencia apelada, rechazando así, el recurso intentado.

 

 

Vea texto íntegro de la sentencia Corte Suprema Rol N° 12.080-2019Corte de Apelaciones de Santiago Rol N° 89.073-2018.

 

 

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