Segunda sala.
Ingresó al TC inaplicabilidad que impugna norma de Ley de Reorganización y Liquidación de Empresas y Personas que restringiría recurso de apelación.
La gestión pendiente incide autos de apelación, seguidos ante la Corte de Santiago.

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 4°, número 2), de la Ley Nº 20.720.
El precepto impugnado establece, en esencia, que el recurso de apelación procederá contra las resoluciones que la ley de reorganización y liquidación de empresas y personas señale expresamente y deberá interponerse dentro del plazo de cinco días contado desde la notificación de aquéllas. Asimismo, agrega que será concedida en el solo efecto devolutivo, salvo las excepciones que esta ley señale y, en ambos, casos gozará de preferencia para su inclusión en la tabla y para su vista y fallo.
La gestión pendiente incide autos de apelación, seguidos ante la Corte de Santiago, en los que la empresa requirente presentó, ante el 15° Juzgado Civil de Santiago, una solicitud de liquidación forzosa contra otra empresa, fundada en el incumplimiento en el pago de 12 facturas electrónicas respecto de las cuales la requirente es cesionaria, por más de $1.500.000.000.
Te puede interesar

Con suspensión.
TC se pronunciará respecto de admisibilidad de inaplicabilidad que impugna norma que establece procedencia de apelación sólo contra resolución que acoja excepciones en materia laboral.

Primera sala.
TC se pronunciará respecto de admisibilidad de inaplicabilidad que impugna normas que inciden en un proceso penal por conducción en estado de ebriedad con resultado de muerte y lesiones.

Primera sala.
TC se pronunciará respecto de admisibilidad de inaplicabilidad que impugna norma que extiende beneficios laborales de asistentes de la educación pública a los asistentes de establecimientos educacionales particulares subvencionados.

