Diario Constitucional

Primera sala.

Nuevamente ingresó al TC inaplicabilidad que impugna normas que establecen improcedencia del recurso de casación en el procedimiento ante Juzgados de Policía Local.

La gestión pendiente incide en autos sobre querella infraccional y demanda civil, seguidos ante el Juzgado de Policía Local de Río Claro, en actual conocimiento de la Corte de Talca.

Por Redacción·10 de septiembre de 2019·1 min de lectura
Nuevamente ingresó al TC inaplicabilidad que impugna normas que establecen improcedencia del recurso de casación en el procedimiento ante Juzgados de Policía Local.
Referencial

Se solicitó declarar inaplicables, por inconstitucional, el artículo 38 de la Ley Nº 18.287, que establece procedimiento ante los Juzgados de Policía Local y el artículo 50 B) de la Ley N° 19.496, que establece Normas sobre Protección de los Derechos de los Consumidores.

El primer precepto impugnado dispone: “No procederá el recurso de casación en los juicios de Policía Local.”. En tanto, la segunda disposición impugnada señala: “Los procedimientos previstos en esta ley podrán iniciarse por demanda, denuncia o querella, según corresponda. En lo no previsto en el presente Párrafo, se estará a lo dispuesto en la ley Nº 18.287 y, en subsidio, a las normas del Código de Procedimiento Civil”.

La gestión pendiente incide en autos sobre querella infraccional y demanda civil, seguidos ante el Juzgado de Policía Local de Río Claro, en actual conocimiento de la Corte de Talca por recurso de apelación, en los que el requirente es querellante y demandante contra un mecánico que no habría reparado correctamente su vehículo.

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