Diario Constitucional

En forma unánime.

CS revocó sentencia y declara admisible protección contra un particular por impedir demarcación de servidumbre de tránsito.

La recurrente estimó vulneradas su garantía constitucional del derecho a la vida y a la integridad física y psíquica y el derecho de propiedad.

Por Redacción·13 de septiembre de 2019·1 min de lectura
CS revocó sentencia y declara admisible protección contra un particular por impedir demarcación de servidumbre de tránsito.
Referencial

La Corte Suprema revocó la sentencia que declaró inadmisible protección contra un particular por impedir demarcación del camino de servidumbre de transito que tiene derecho la recurrente sobre el predio del recurrido.

La recurrente estimó vulneradas su garantía constitucional del derecho a la vida y a la integridad física y psíquica y el derecho de propiedad.

Cabe recordar que en su sentencia, la Corte de Valparaíso indicó en su oportunidad que, los hechos expuestos no importan un acto que pueda afectar algunas de las garantías que se reclaman afectadas y que justifique el ejercicio de esta vía cautelar excepcional, y teniendo presente además que la pretensión de la recurrente excede el objeto y naturaleza del recurso incoado, al existir otras acciones destinadas para tales efectos, y visto lo dispuesto en el numeral 2° del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, se declaró inadmisible el recurso de protección.

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