Diario Constitucional

Por unanimidad.

CS acogió protección deducida contra suspensión de socio y juez de Club de raza canina.

La Corte de Santiago estimó el vulnerado el debido proceso y la igualdad ante la ley.

Por Redacción·16 de septiembre de 2019·7 min de lectura
CS acogió protección deducida contra suspensión de socio y juez de Club de raza canina.
Referencial

Por unanimidad, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Santiago que acogió la acción de protección deducida en contra del Kennel Club de Chile, por sancionar a un socio y juez sin respetar el debido proceso y la igualdad ante la ley.

En el escrito, se señala haber recurrido de acción de protección en contra del Kennel Club de Chile, por resolución del Tribunal de Honor del recurrido que declaró la suspensión de su parte, por el lapso de un año, de su calidad de socio y juez de exposiciones caninas. Señala que el Tribunal de Honor dio un primer fallo, que por una presentación del recurrente invalidó todo lo obrado y retrotrajo los antecedentes a la etapa de la formulación ampliada de cargos, invalidación que incluyó la sentencia. El 18 de diciembre de 2018 se le notificó la nueva sentencia en que se le condenó a la misma pena de la primitiva resolución. Esta sentencia, dice el recurrente, contiene irregularidades: tiene como fecha el 17 de octubre de 2018; fue pronunciado por los mismos integrantes del Tribunal de Honor que dictaron la primera sentencia; no se señaló cuál fue el artículo o disposición reglamentaria que se habría conculcado; el artículo 12 letra c de los estatutos del Club señala como pena la suspensión hasta por tres meses y el recurrente fue condenado a una suspensión de un año.

El recurrente estimó vulneradas las garantías del artículo 19 numerales 2º, 3º y 16º.

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