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En fallo unánime.

CS confirmó sentencia y acoge protección deducida contra Superintendencia de Seguridad Social por ratificar el rechazo de licencias médicas.

El recurrente estimó vulnerada la garantía establecida en el artículo 19 número 24 de la Constitución.

17 de septiembre de 2019

En forma unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Concepción y acogió protección interpuesta por operador de maquinaria pesada contra Superintendencia de Seguridad Social por ratificar el rechazo de sus licencias médicas.

En su escrito, la parte recurrente arguyó, en síntesis que, se desempeñó por más de quince años en calidad de operador de maquinaria pesada, hasta el 29 de mayo de 2019, fecha en la que fue desvinculado por su ex empleador por “necesidades de la empresa”; que durante el año 2017, inició con un cuadro de dolor lumbar asociado a sintomatología lumbociática, razón por la que consultó en atención primaria, siendo derivado intrasistema, a un médico especialista en traumatología. Sostuvo enseguida, que fue beneficiado de licencias médicas por un tiempo que la recurrida consideró no justificado, desestimándolas. Acto que estimó vulnera la garantía establecida en el artículo 19 número 24 de la Constitución Política de la República.

En su sentencia, la Corte de Apelaciones de Concepción indicó, en síntesis que, no hay razón ni argumento médico en la decisión, más allá del transcurso de un plazo y de las directrices propias de lo que debe ser, estadísticamente, el tiempo requerido para sanar de una patología como la diagnosticada, sin análisis de las circunstancias particulares del paciente y, espacialmente, el hecho de estar en estudio la realización de una segunda cirugía por la falta de recuperación de la dolencia, esperando meses en la realización de los exámenes pertinentes en un servicio de salud pública. Indicó luego que, en consecuencia, si bien es cierto que los rechazos de las licencias fueron dispuestos por las entidades que señala la ley, no lo es menos, que la falta de sustento fáctico en la decisión, configura un motivo de arbitrariedad que, además, deja en la indefensión a la recurrente al no tener certeza de cuáles son los antecedentes que debía aportar para superar la insuficiencia esgrimida por la COMPIN y luego por la SUSESO.

Por su parte, el máximo Tribunal confirmó la sentencia apelada.

 

 

Vea textos íntegros de las sentencias de la Corte Suprema en causa Rol Nº 25237-2019 y de la Corte de Apelaciones de Concepción en causa Rol Nº 14713-2019.

 

 

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