Diario Constitucional

Primera sala.

TC se pronunciará respecto de admisibilidad de inaplicabilidad que impugna norma de Ley de Consumidor que impediría a usuarios de seguros de salud demandar a ISAPRES que vulneren sus derechos.

La gestión pendiente incide en autos civiles seguidos ante el 26° Juzgado de Letras en lo Civil de Santiago, en actual conocimiento de la Corte de Apelaciones de Santiago.

Por Redacción·08 de octubre de 2019·1 min de lectura
TC se pronunciará respecto de admisibilidad de inaplicabilidad que impugna norma de Ley de Consumidor que impediría a usuarios de seguros de salud demandar a ISAPRES que vulneren sus derechos.
Referencial

El Tribunal Constitucional admitió a trámite el requerimiento de inaplicabilidad respecto del el artículo 2°, letra f), de la Ley N° 19.496.

La gestión pendiente incide en autos civiles seguidos ante el 26° Juzgado de Letras en lo Civil de Santiago, en actual conocimiento de la Corte de Apelaciones de Santiago, por recurso de apelación, en los que la Organización de Consumidores y Usuarios de Chile ODECU, que es requirente en la presente impugnación, decidió interponer una demanda colectiva por interés difuso con el objeto de que la discusión y abuso del derecho por parte de las ISAPRES terminé de una vez.

Al efecto, cabe recordar que los requirentes aducen, en síntesis, que el precepto impugnado infringiría la igualdad ante la ley pues el usuario o consumidor que se ve afectado en sus derechos tiene la posibilidad de demandar a quien vulnera sus derechos en forma arbitraria y abusiva, en cambio en el caso de usuarios de los seguros de salud previsional no tienen esa posibilidad por existir una norma que se los impide. Asimismo estima vulnerado el debido proceso, toda vez que están impedidos de demandar el abuso que cometen las ISAPRES diariamente con el alza unilateral de los contratos de salud.

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