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Con un voto en contra.

CS confirmó sentencia que rechazó amparo deducido contra la VIII Zona de Carabineros Biobío por uso injustificado de fuerza en protesta.

Se estimó que no se apreció por Carabineros actuación ilegal o arbitraria.

13 de octubre de 2019

Con un voto en contra la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Concepción que rechazó el amparo deducido en contra de Carabineros de Chile de la VIII Zona Biobío por uso injustificado de fuerza contra manifestantes de etnia mapuche.
En el escrito, se señala haber recurrido de acción de amparo en contra de Carabineros de Chile de la VIII Zona Biobío, por el uso de la fuerza y utilización desmedida de medios disuasivos, no tomando ningún medio de resguardo y utilizando todos los medios disuasivos a su disposición, sin atender a la inexistencia de resistencia por parte de los manifestantes.
Los amparados estimaron vulnerados su derecho constitucional a la libertad personal y seguridad individual.
En su sentencia, la Corte de Concepción indicó en síntesis que, la presencia de Carabineros en el sector de Cayucupil de Cañete el 21 de agosto pasado no fue arbitrario, fortuito ni caprichoso, sino que obedeció al curso de los acontecimientos ocurridos en torno a una manifestación de personas de la etnia mapuche y pobladores del lugar, en la cual se cortó un camino atravesando un camión en la vía, el que posteriormente se quemó, sin que tampoco pueda calificarse de ilegal, al menos por la vía de este recurso de amparo, el actuar policial y que el asunto ya se entregó al Ministerio Público, por lo que se rechazó el recurso de amparo.
Por su parte, la Corte Suprema confirmó el fallo.
La sentencia fue acordada con el voto en contra del abogado integrante Antonio Barra, quien estuvo por revocar el fallo en alzada y, consecuencialmente por acoger la acción de amparo, para el solo efecto de que en lo sucesivo Carabineros de Chile, en situaciones como la de autos, adopte las medidas tendientes a garantizar a los ciudadanos un uso racional y proporcionado de la fuerza.

 

Vea texto íntegro de la sentencia de la Corte Suprema Rol N° 28236-19 y de la Corte de Concepción Rol N° 131-2019.

 

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