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En fallo unánime.

CS confirmó sentencia que rechazó amparo contra Gendarmería por negar a condenado beneficio de rebaja de condena.

El amparado afirmó que la Constitución Política asegura el derecho a la libertad personal y solicitó que se ordene a Gendarmería de Chile enmendar su decisión de rechazo accediendo a los beneficios intrapenitenciarios que han sido solicitados.

20 de octubre de 2019

La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Valdivia y rechazó la acción de amparo interpuesta por una persona que cumple actualmente condena en el Complejo Penitenciario de Valdivia, en contra de Gendarmería de Chile, Complejo Penitenciario de Valdivia, por negarle el beneficio de rebaja de condena.
En su escrito, el amparado señaló que al contar con más de dos tercios de la pena cumplida efectivamente, hizo uso de su derecho a postular a la rebaja de condena de conformidad con lo dispuesto por los arts. 2º y 3º de la Ley 19.586, teniendo derecho a una rebaja de condena de dos meses por el primer año privado de libertad y de tres meses por el segundo año; en subsidio a la Libertad Condicional de conformidad con lo dispuesto por el D.L. 321, ya que cumple con la totalidad de los requisitos establecidos en la citada norma legal y en el Reglamento Penitenciario, salvo en cuanto a los periodos bimestrales de calificación, requisito respecto del cual se encuentra imposibilitado de cumplir, dado que ya cumple su condena en tres meses más, por lo que no ha podido obtener los bimestres de calificación que se exige puesto que ha ingresado al recinto penitenciario el 8 de junio de 2019; y en complemento a las dos solicitudes anteriores , a solicitar beneficios de salidas del Decreto 518 del Ministerio de Justicia, tanto respecto de salidas diarias, dominicales, de fin de semana e incluso libertad condicional, todo lo cual le fue denegado.
Sostuvo el recurrente a continuación que la negativa de Gendarmería constituye una afectación a la libertad personal del amparado, ya que tiene derecho a postular a los beneficios y rebajas mencionadas y Gendarmería de Chile se niega arbitrariamente de plano a incorporarlo como postulante a todos o a algunos de los beneficios, fundado en que no cumple con el requisito de la conducta, ya que no tendría tres periodos bimestrales de buena conducta, requisito que resulta física y materialmente imposible cumplir, según el recurrente, dado que ha ingresado al Complejo Penitenciario de Valdivia el 8 de junio de 2018 y que cumple efectivamente su pena el 27 de diciembre de 2019, luego no puede verificarse por el amparado los bimestres de conducta que exige el requerido, pues de esperar los tres bimestres el amparado habría cumplido efectivamente su condena, resultando todo ineficaz.
En su sentencia, la Corte de Valdivia indicó que es indispensable mencionar que las potestades y obligaciones de Gendarmería de Chile respecto a los beneficios solicitados a favor del amparado están establecidas en la Ley 19.856 en relación al Beneficio de Reducción de Condenas, en el Decreto Ley 321 en relación a la Ley de Libertad Condicional y en el Decreto con Fuerza de Ley 518 en relación a los Beneficios Intrapenitenciarios, los cuales permiten sostener que el recurrido para otorgarlos debe dar cabal cumplimiento a los requisitos en ellos contemplados, única forma de poder calificar si su conducta se ajusta o no a derecho.
Agregó enseguida la resolución que, de esta forma, el Estado se ha auto impuesto un deber de total sometimiento y cumplimiento al Estado de Derecho para el otorgamiento de los beneficios solicitados, única manera de obligarse constitucional, legal y reglamentariamente a proteger los derechos fundamentales de las personas privadas de libertad que están bajo su especial de custodia, atendido su evidente estado de desprotección, siéndole por lo demás imposible proceder de otro modo, ya que “está al servicio de la persona humana y su finalidad es promover el bien común”, según lo ordena el artículo 1 inciso 2º de la Constitución Política.
De este modo, se adujo en el fallo que claramente los cuerpos legales antes referidos establecen requisitos objetivos que el amparado no ha cumplido, muy especialmente el de tres periodos bimestrales de conducta y de postular derechamente a Beneficios Intrapenitenciarios.
Así, se concluyó por los sentenciadores que, en consecuencia, del mérito de estos antecedentes es posible concluir que lo informado por Gendarmería de Chile resulta compatible con el ejercicio adecuado y razonable de su deber de garantizar la libertad personal, desde que su negativa a otorgar los beneficios en cuestión encuentra fundamento en los textos legales ya referidos. En este caso, en las circunstancias que se han detallado, el derecho a la libertad personal del amparado no fue restringido, privado, perturbado, amenazado o vulnerado, y la decisión del recurrido carece de toda arbitrariedad e ilegalidad desde que para su decisión se limitó a aplicar los cuerpos legales señalados, especialmente la verificación de la no concurrencia de los requisitos legales objetivos para otorgar lo solicitado por el amparado, por lo que el recurso de amparo es desestimado.

 

Vea textos íntegros de las sentencias de la Corte Suprema en causa Rol Nº 29059-19 y de la Corte de Valdivia en causa Rol Nº 77-2019.

 

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