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En manifestación.

Juzgado de Garantía de Curicó decreta prisión preventiva de militar imputado por homicidio.

Cabo segundo del Ejército es imputado por el Ministerio Público como autor del delito de homicidio, ilícito perpetrado el lunes recién pasado, en la carretera 5 sur a la altura de la entrada sur de Curicó.

24 de octubre de 2019

El Juzgado de Garantía de Curicó decretó la medida cautelar de prisión preventiva para Juan Carlos Jesús Reyes Araneda, cabo segundo del Ejército, imputado por el Ministerio Público como autor del delito de homicidio, ilícito perpetrado el lunes recién pasado, en la carretera 5 sur a la altura de la entrada sur de Curicó.
En la audiencia de formalización de la investigación, el magistrado ordenó el ingreso a prisión preventiva del uniformado, la que deberá cumplir en el Regimiento Policial Militar de Santiago. Asimismo, fijó en 120 días el plazo de investigación de la causa.
Según el ente persecutor, en alrededor de las 22:20 horas de la noche del pasado 21 de octubre, en circunstancias que el imputado Reyes Araneda -cabo segundo del Ejército- se trasladaba junto a un contingente militar por la carretera 5 sur con dirección de sur a norte con destino a la ciudad de Santiago, al llegar a la altura del kilómetro 187, esto es en las inmediaciones del acceso sur a Curicó, el vehículo se detuvo debido a que el tránsito estaba interrumpido por la manifestación de personas, en ese contexto el imputado se baja del bus portando un arma de guerra con su cargador, el cual contenía 19 tiros de guerra y 1 de fogueo.
Momento en el cual el imputado se dirige hacia el grupo de personas existentes en el lugar, efectuando sin causa ni motivo justificado dos disparos con el arma que portaba hacia ellos, siendo el primer disparo una munición de fogueo y el segundo con munición de guerra, impactando este último a la víctima, José Miguel Uribe Antipani, provocando una herida penetrante en la cavidad toráxica por proyectil de arma de fuego, heridas que le provocaron la muerte momentos más tardes.
El magistrado Aravena determinó que la prisión preventiva era la única medida cautelar posible, al considerar la pena asignada al delito y el riesgo para la seguridad de la sociedad.

 

Vea vocería sentencia rol 6363-2019 de juez Mauricio Aravena

 

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