Diario Constitucional

Por unanimidad.

CS confirmó sentencia que acogió protección contra Departamento de Extranjería y Migración por incumplimiento de normativa sobre reconocimiento de condición de refugiados de ciudadanos venezolanos.

La Corte de Santiago estimó que se afectó la igualdad ante la ley.

Por Redacción·26 de octubre de 2019·2 min de lectura
CS confirmó sentencia que acogió protección contra Departamento de Extranjería y Migración por incumplimiento de normativa sobre reconocimiento de condición de refugiados de ciudadanos venezolanos.
Referencial

Por unanimidad, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que acogió la acción de protección deducido por dos ciudadanos venezolanos en contra del Jefe de Departamento de Extranjería y Migración dependiente del Ministerio del Interior, por el incumplimiento de la normativa legal relativa al procedimiento para solicitar el reconocimiento de la condición de refugiado.

En el escrito, se señala haber recurrido de acción de protección en contra del Jefe del departamento de Extranjería y migración del Ministerio de Interior y Seguridad Pública por la negativa a la recepción de sus solicitudes de refugio con sus respectivos antecedentes y el envío de los mismos a la secretaría Técnica Comisión de Reconocimiento de la Condición de Refugiado, de conformidad a la ley sobre protección de refugiados Nº 20.430.

Los recurrentes estimaron vulnerados su garantía constitucional del artículo 19 de la Constitución numeral 2.

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