Con prevención y voto en contra.
CS revocó sentencia y acogió protección contra SENAME por no renovación de «contrata» de funcionario sumariado.
El máximo Tribunal determinó que la decisión de poner término anticipado a la contrata del recurrente configuró un acto ilegal y que afectó el derecho a la igualdad ante la ley que garantiza el numeral 2 del artículo 19 de la Constitución Política de la República.

Con prevención y voto en contra, la Corte Suprema revocó sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que rechazó protección interpuesta contra el Servicio Nacional de Menores por no renovar la contrata de un funcionario sometido a sumario.
En el escrito, se señala haber recurrido de acción de protección en contra del Servicio Nacional de Menores (SENAME) por la no renovación de su contrata como técnico de enfermería en un Centro de Reparación de Administración Directa.
El recurrente estimó vulneradas las garantías establecidas en el artículo 19 Nº 2, 16 y 24 de la Constitución Política de la República.
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