Por unanimidad.
CS confirmó sentencia que acogió protección contra Tesorería General de la Republica por disponer destinación de funcionario.
La Corte de Rancagua determinó que en el acto recurrido no aparecen las motivaciones, en un acto que debe bastarse a sí mismo, como ha sido referido en la reiterada jurisprudencia de la Excelentísima Corte Suprema.

Por unanimidad, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Rancagua que acogió protección interpuesta por funcionario contra Tesorería General de la Republica, por destinación del recurrente.
En el escrito, se señala haber recurrido de acción de protección en contra de la Tesorería General de la Republica, por la dictación del Oficio N° 313, de fecha 25 de marzo de 2019, que destinó por razones de “buen servicio” al recurrente a la Tesorería Regional Santiago Oriente.
El recurrente estimó vulneradas las garantías establecidas en el artículo 19 números 1, 2, y 24 de la Constitución Política de la República.
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