En fallo unánime.
Corte de Rancagua acoge protección y ordena internación de adolescente en centro psiquiátrico.
El Tribunal de alzada dio un plazo no mayor de 20 días para ejecutar la acción constitucional de protección.

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Rancagua acogió recurso de protección y ordenó a las directoras regionales del Sename de O'Higgins y el Maule adoptar las medidas correspondientes y coordinar con el Servicio de Salud o el Ministerio del ramo, la internación de adolescente en centro psiquiátrico.
La sentencia sostiene que si bien el presente recurso de protección se interpone en contra de la medida cautelar adoptada por el Juzgado de Familia de Linares, en la causa sobre cumplimiento de medida de protección RIT X-398-2018, que ordenó la internación del adolescente en la Residencia Pequeño Cottolengo, de la comuna de Rancagua, y en contra de los informes emitidos en dicha causa por las directoras de SENAME de la Región del Maule y O'Higgins, lo cierto es que lo resuelto por el Juzgado de Familia de Linares, se adoptó en base a la información que le proporcionó precisamente el organismo recurrido SENAME, en su calidad de asesor técnico, de manera que se rechazará la alegación de este organismo, en cuanto que la acción constitucional debe ser rechazada por haberse interpuesto en contra de una resolución judicial, por cuanto como se explicará la normativa sustantiva pone en manos del Poder Ejecutivo y no de particulares, la obligación de cuidado y protección de los Niños, Niñas y Adolescentes (NNA).
La resolución agrega que en efecto, el Servicio Nacional de Menores (SENAME), como institución del Estado, tiene por responsabilidad, el cuidado, protección e integración familiar y social de niñas, niños y/o adolescentes, menores de 18 años, con altos índices de vulnerabilidad física, psicológica y social. Dentro de su misión, se encuentra la de liderar, promover y fortalecer un Sistema Nacional de Protección de los Derechos de niños, niñas y adolescentes vulnerados y de responsabilización de los infractores de ley, a través de programas integrales de atención que permitan una oportuna restitución y reinserción social, con un enfoque intersectorial, territorial y de calidad.
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