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Con un voto en contra.

CS confirmó sentencia que declaró inadmisible protección respecto de resolución dictada por Jueza de Familia de Cañete.

La Corte de Concepción indicó en su oportunidad que no constó de los hechos expuestos que éstos constituyan vulneración de alguna de las garantías constitucionales señaladas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República.

24 de noviembre de 2019

Con un voto en contra, la Corte Suprema confirmó la sentencia que declaró inadmisible protección contra Jueza Titular del Juzgado de Familia de Cañete por negarse someter la tramitación de las demandas de alimentos mayores y alimentos mayores provisorios en conjunto con una demanda de divorcio.
Cabe recordar que en su sentencia, la Corte de Concepción indicó en su oportunidad que, no constatando de los hechos expuestos que éstos constituyan vulneración de alguna de las garantías constitucionales señaladas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, máxime que tendrán su origen en un pronunciamiento de carácter jurisdiccional, tal como se reconoció en el recurso, y de conformidad con lo dispuesto en el N° 2, inciso segundo, del Auto Acordado de la Corte Suprema de Justicia sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, por lo que se declaró inadmisible, el recurso de protección.
La Corte Suprema por su parte, confirmó la sentencia apelada. Siendo acordada con el voto en contra del Ministro Sergio Muñoz, quien fue del parecer de declarar admisible el recurso de que se trató y darle la tramitación correspondiente.

 

Vea textos íntegros de las sentencias de la Corte Suprema Rol N° 32101-2019 y de la Corte de Concepción Rol N° 52487-2019.

 

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