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A la Central Nacional de Abastecimientos (Cenabast).

Juzgado Civil de Santiago acoge demanda por incumplimiento de contrato de provisión de medicamento.

El Tribunal acogió la demanda deducida en contra de Laboratorios Euromed Chile S.A. por incumplimiento en la provisión de 292.406.000 unidades de 500 mg. de paracetamol.

28 de noviembre de 2019

El Vigésimo Segundo Civil de Santiago acogió la demanda presentado por el Fisco por incumplimiento de contrato para proveer a la Central Nacional de Abastecimientos (Cenabast) de medicamento.

La sentencia sostiene que, acreditada la existencia del contrato, cabe analizar la efectividad del incumplimiento de lo pactado por parte del deudor. En dicho caso, era a la demandada quien le incumbía probar que había cumplido o se encontraba llana a cumplir lo demandado, lo cual no aconteció, solo allegando copia de la resolución que daba cuenta del vínculo que le ligaba a CENABAST.

La resolución que agrega que no obstante lo anterior, y a efectos de disipar cualquier duda del incumplimiento acusado, tenemos que del mérito de los antecedentes constituyen prueba indiciaria del incumplimiento las resoluciones exentas N°3052 de 24 de julio del 2015 y N° 2263 de 04 de mayo del 2016, las cuales desestiman los descargos hechos por la demandada en cuanto a la aplicación de multas por sobreprecio, debido al incumplimiento de la entidad. Refrendan lo anterior las resoluciones afecta N°181 de 19 de mayo del 2015, la cual autoriza la contratación directa con Laboratorio Chile S.A. el cual en su considerando quinto señala que ‘(…) la Comisión de Adquisiciones de CENABAST, en sesión N°1843/2015, que decidió autorizar la contratación directa habida consideración del carácter urgente de esta compra debido a que el proveedor Lab. Euromed adjudicado en licitación 621-401-LP14 para abastecer este producto, informó que no cumplirá con la entrega comprometida para el mes de mayo 2015′. A su turno, la referida resolución que recogió la sesión N°1843/2015, señala en sus puntos 10 y 11 que se autorizó el trato directo con Laboratorio Chile S.A. a raíz del incumplimiento de parte de Lab. Euromed respecto a las entregas comprometidas para los meses de abril y mayo del 2015. Los documentos antes reseñados fueron allegados al proceso mediante instrumento privado, el cual se valora conforme las reglas expresadas en el basamento que precede.

Añade que igual cometido cumple la testimonial prestada a folio 46, en donde los testigos se manifestaron como veraces, instruidos y capaces de dar razón de sus dichos, por lo que se valora su testimonio según la regla del artículo 384 N°2 del Código Adjetivo.

Por tanto, concluye:

I.- Que, se acoge íntegramente la demanda de autos, condenándose a la demandada al pago de la suma de $369.599.000, más reajustes, según fuere expresado en el considerando décimo.
II.- Que, la demandada soportará las costas.

 

Vea texto íntegro de la sentencia del Vigésimo Segundo Civil de Santiago ROL C-19677-2018

 

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