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En fallo unánime.

CS confirmó sentencia que rechazó amparo contra Centro de Cumplimiento Penitenciario de Nueva Imperial por restar a reo del proceso de libertad condicional.

La Corte de Temuco estimo que, no pudo atribuirse ilegalidad ni arbitrariedad alguna a la recurrida.

1 de diciembre de 2019

Por unanimidad, la Corte Suprema confirmó sentencia que rechazó amparo en contra del Centro de Cumplimiento Penitenciario de Nueva Imperial por negar al amparado la posibilidad de postular al proceso de libertad condicional.
En su escrito se señala haber recurrido de acción de amparo en contra del Centro de Cumplimiento Penitenciario de Nueva Imperial por no reconocer el tiempo mínimo para que amparado postulara a la libertad condicional, ya que según la recurrida sólo podría postular al beneficio al cumplir los 2/3 de la pena.

Cabe recordar que en su sentencia, la Corte de Temuco indicó en síntesis que, la recurrida no excedió el ámbito de las facultades que importan, esto es, el verificar el cumplimiento de los requisitos legales contemplados en el Decreto Ley N° 321 del año 1925, sin que pueda estimarse ilegal lo actuado por ella en tales condiciones, no pudiendo atribuirse ilegalidad ni arbitrariedad alguna que se pueda amparar a través del recurso.
Por su parte, el máximo Tribunal confirmó la sentencia apelada.

 

Vea los textos íntegros de las sentencias Corte Suprema Rol N° 33659 – 2019Corte de Apelaciones de Temuco Rol N° 210-2019

 

 

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