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En fallo unánime.

Corte de Apelaciones de Santiago confirma fallo que condenó a chofer y empresa de transportes por grave accidente en Osorno.

El Tribunal de alzada confirmó la sentencia, dictada por el 18º Juzgado Civil de Santiago, que condenó a la empresa y al conductor del camión a indemnizar solidariamente al demandante, quien quedó con una invalidez total.

2 de diciembre de 2019

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia que condenó a la empresa de transporte y distribución Tropivías Limitada y a conductor de camión a pagar una indemnización de $80.000.000, a peatón que resultó gravemente herido, en accidente registrado en noviembre de 2014, en Osorno.

La sentencia sostiene que la alegación respecto a la exposición imprudente al daño del actor resulta insostenible, a juicio de esta Corte, porque era obligación del conductor efectuar la maniobra de retroceso con el debido cuidado para que no sólo el demandante, sino cualquier otra persona que en ese instante se encontrase en la calzada, no fuese víctima de daños, por lo que no habiéndose probado por la parte demandada la exposición imprudente al daño, así como, tampoco, la existencia de un caso fortuito, procede rechazar dichas alegaciones.

La resolución agrega además, la maniobra de retroceso de vehículo que ocasionó el grave accidente sufrido por la víctima y que trajo como consecuencia una serie de perjuicios en su salud física, que dan cuenta de un atropello por aplastamiento de tórax y abdomen, con gran desgarro dorso lumbar con exposición de músculos y huesos lumbares, fracturas costales bilaterales, neumotórax bilateral, contusión pulmonar, tórax inestable, fracturas de escápula derecha, ala sacra izquierda, herida cortante de cuero cabelludo, contusión facial, anemia todo lo cual generó, además, una serie de consecuencias dramáticas en su vida, pues quedó con una invalidez total.

Añade que lo anterior, permite concluir que el accidente de tránsito obedeció a que el demandado no adoptó las medidas de seguridad mínimas en la maniobra de retroceso del móvil que conducía a exceso de velocidad, única manera de explicar la entidad de las lesiones ocasionadas al actor, el cual, como ya se dijo, quedó inválido y en silla de ruedas.

 

Vea texto íntegro de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago Rol 12917-2018

 

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