En fallo unánime.
Corte de Apelaciones de Santiago confirma fallo que acogió demanda por cobro de prestaciones de desarrollador de sitio web de banco.
El Tribunal de alzada confirmó la sentencia impugnada por la entidad bancaria, dictada por el 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, que acogió la demanda y ordenó pagar solidariamente las prestaciones adeudadas a trabajador subcontratado.

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia que acogió la demanda de cobro de prestaciones laborales interpuesta por trabajador en contra de la empresa de software Argentis S.A. y, solidariamente, en contra del Banco de Chile.
La sentencia indica que consta de la sola lectura de la sentencia que, contrariamente a lo sostenido por la recurrente, esta sí contiene los razonamientos que llevaron a concluir que, efectivamente, existió el régimen de subcontratación lo que se constata de los párrafos quinto al décimo del considerando noveno. A lo anterior, debe adicionarse que, como hecho pacífico se consignó en la audiencia preparatoria que, el actor ingresó a prestar servicios el día 1 de marzo del año 2016, como desarrollador de software para el Banco de Chile.
La resolución agrega que baste para desechar la causal, lo que ya se ha expuesto en el considerando tercero precedente, como también que, en el procedimiento laboral, se aprecia la prueba conforme a las reglas de la sana critica que contempla normas especiales en relación a la prueba confesional, resultando inaplicables e incompatibles las normas que se denuncian como infringidas, debiendo mencionarse para ello el artículo 454 en sus numerales 3 y 4 del Estatuto laboral. En cualquier caso, además, la apreciación de este medio de prueba, esto es, darle o no fuerza probatoria, corresponde al juez de la causa.
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