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Juzgado Civil de Santiago condena al Fisco a pagar indemnización a víctima de detención ilegal y torturas.

El Tribunal ordenó al Estado de Chile indemnizar al demandante, tras establecer que Sánchez Abarca fue víctima de un crimen de lesa humanidad, imprescriptible tanto en el ámbito penal como civil.

3 de enero de 2020

El Décimo Noveno Juzgado Civil de Santiago condenó al Fisco a pagar una indemnización por $155.102.896 a Sergio Sánchez Abarca, detenido ilegalmente en noviembre de 1973 y sometido a torturas en recinto militar de Tejas Verdes.

La sentencia sostiene que resulta fundamental para un estado de derecho democrático otorgar un tratamiento especial a los casos de crímenes de lesa humanidad en los que tuvo participación y activa colaboración del Estado, aplicándose a este una prolongación en el deber de reparación integral de las víctimas.

La resolución agrega que la demanda efectuada por el demandante en contra del Fisco, tiene asidero en los ejes del Derecho Internacional de los Derechos Humanos, encontrándose Chile suscrito a dichos, obligándose al reconocimiento y completa protección al derecho de íntegra reparación de los daños provenientes de estos delitos.

A continuación, el fallo indica que bajo este prisma de protección y aplicación del derecho internacional, no es aceptable el cuestionamiento a la aplicación normativa que verse sobre Derechos Humanos, y menos aquellas que ordenan la reparación por parte de los Estados, bajo el argumento de la protección del derecho interno, por cuanto se compromete la responsabilidad del Estado de Chile, de los acuerdos y tratados internacionales que ha ratificado, así como el principio de buena fe comprometido con las normas Ius Cogens o costumbre del Derecho Internacional. Que a esto, la Convención de Viena sobre los Derecho de los Tratados, indica en su artículo 27 en cuanto al derecho interno y la observancia de los tratados, que ‘Una Parte no podrá invocar las disposiciones de su derecho interno como justificación del incumplimiento de un tratado. Esta norma se entenderá sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 46‘.

Afirma también que de esta manera, encontrándose acreditado el ilícito, la responsabilidad del Estado, y la circunstancia de calidad de víctima de prisión política y torturas del actor, SERGIO SÁNCHEZ ABARCA, y que no habría tenido lugar si la intervención de funcionarios estatales no se hubiera producido, queda por establecida la responsabilidad del Estado de Chile en los hechos relatados. Responsabilidad que «trae aparejada la indemnización o reparación de los daños sufridos por el actor».

Por último, concluye que en consecuencias, y como ya se ha expresado, los hechos que dan origen a la acción reparadora, se encuentran acreditados, como así mismo el hecho que de los mismos se han seguido consecuencias que ameritan el otorgamiento de la reparación moral que se ha demandado, razón por la cual se fijarán prudencialmente en la suma de $180.000.000. Monto al que debe descontar la cantidad de $24.897.104, que ha recibido la víctima como pago reparatorio, ordena la sentencia.

 

Vea texto íntegro de la sentencia del 19º Juzgado Civil de Santiago ROL C-36665-2017

 

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