Noticias

Por unanimidad.

CS confirma sentencia que rechazó amparo en favor de dirigente de ONG de Derechos Humanos que denunció seguimiento por parte de personal de inteligencia policial.

Corte de Puerto Montt señaló que antecedentes aportados por recurrente no son suficientes para estimar vulnerados sus derechos constitucionales.

6 de enero de 2020

En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt que rechazó amparo deducido por dirigente de la ONG denominada SERPAJ, Servicio de Paz y Justicia, en contra de la Dirección de Inteligencia Policial de Carabineros (DIPOLCAR), por supuestos seguimientos e ingresos ilegales a su domicilio.

La sentencia de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt señaló que, de los antecedentes que obran en la causa es posible advertir que el recurrente estima vulnerada su libertad personal y seguridad individual, al indicar dos sujetos intentaron entrar a su domicilio con móviles impropios de un robo, revisando especies que se encontraban el patio de su casa, pero sin sustraer nada. A ello agrega que en los días siguientes notó que durante la madrugada circulaban en las inmediaciones de su domicilio dos hombres, que, ocultando sus identidades, suelen estar parados frente a su domicilio y que cuando llega por la noche, lo observan a una cuadra de distancia. Manifiesta además el abogado recurrente que el amparado se siente amedrentado y amenazado en su integridad física, pues además ha recibido mensajes en redes sociales (Twitter) que lo conminan a dejar su trabajo en la mencionada ONG y lo amedrentan por tener una pareja estable del mismo sexo y que sospecha que detrás de todo hay funcionarios policiales pues el amparado ha sido sujeto de diversos procesos de control de identidad, reclamando que ellos se han llevado a cabo sin darse los presupuestos mínimos contemplados en el artículo 85 del Código Procesal Penal.

La Corte de Puerto Montt, al tener como antecedente un informe de carácter confidencial que fue entregado por la recurrida DIPOLCAR, señaló que no existe ningún antecedente presentado por la parte recurrente, más allá de sus dichos, que avale la existencia real de los actos denunciados y que en ellos le pudiere haber correspondido un rol a la recurrida. Finalmente indica el fallo de alzada que, por lo precedentemente razonado, en la especie no se vislumbran las amenazas o actuaciones ilegítimas que denuncia el amparado, por lo que la acción se desestimó.

Por su parte, la Corte Suprema confirmó lo resuelto por la Corte de Apelaciones de Puerto Montt.

 

Vea textos íntegros de las sentencias de la Corte Suprema Rol Ingreso N° 41.229-2019 y de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt Rol Ingreso N° 206-2019.

 

RELACIONADOS

*CS confirma sentencia que rechazó amparo en contra de Carabineros frente a filtración de informes de seguimiento a dirigentes de la mesa de unidad social…

 

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *