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Pleno del TC.

TC español ordena exigir responsabilidad penal a los altos cargos del Parlamento de Cataluña por incumplir sentencia.

El fallo declaraba inconstitucionales y nulos determinados disposiciones de resoluciones de dicho Parlamento.

29 de enero de 2020

El TC español ordenó deducir testimonio de particulares al Ministerio Fiscal para que proceda, en su caso, a exigir la responsabilidad penal que pudiera corresponder al presidente del Parlamento de Cataluña, al vicepresidente primero y al secretario primero de la Mesa del Parlamento, por incumplir la STC 259/2015 que declaraba inconstitucionales y nulos determinados apartados e incisos de las resoluciones del Parlamento de Cataluña, de 26 de septiembre de 2019.
Respecto a los hechos, consta que dicho incumplimiento se ha producido tras los acuerdos de la Mesa del Parlament de 22 y 29 de octubre que admitieron a trámite, para su sustanciación en el Pleno, la Propuesta de resolución de respuesta a la sentencia del Tribunal Supremo sobre los hechos del 1 de octubre, cuyo inciso final del apartado 11 señalaba: “(…) Por ello, [el Parlamento de Cataluña], reitera y reiterará tantas veces como lo deseen los diputados y las diputadas (…) la defensa del derecho a la autodeterminación y la reivindicación de la soberanía del Pueblo de Cataluña para decidir su futuro político”.
Al respecto, la Magistratura Constitucional española indicó que el presidente del Parlament, el vicepresidente primero y secretario primero de la Mesa del Parlament han incumplido el art. 87.1 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional que declara que todos los poderes públicos están obligados al cumplimiento de lo que el Tribunal resuelva.
En este sentido el Tribunal Constitucional español ordenó notificar personalmente el presente auto al presidente del Parlamento de Cataluña, a los demás miembros de la mesa y al secretario general del Parlamento, con la advertencia de su deber de impedir o paralizar cualquier iniciativa, jurídica o material, que directa o indirectamente suponga ignorar o eludir la STC 259/2015, así como lo acordado en el presente auto, apercibiéndoles de las eventuales responsabilidades, incluida la penal, en las que pudieran incurrir en caso de incumplimiento de lo ordenado por este Tribunal.
Finalmente, el Pleno del TC indicó que se deberá deducir testimonio de particulares al Ministerio Fiscal para que proceda, en su caso, a exigir la responsabilidad penal que pudiera corresponder al presidente del Parlamento de Cataluña, al vicepresidente primero y al secretario primero de la Mesa del Parlamento, por incumplir la STC 259/2015 que declaraba inconstitucionales y nulos determinados apartados e incisos de las resoluciones del Parlamento de Cataluña, de 26 de septiembre de 2019.

 

Vea texto íntegro del comunicado de prensa.

 

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