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Por unanimidad.

Corte Suprema revocó sentencia y acogió protección deducida en contra de Alcaldesa de la Pintana por eliminar planillas suplementarias de remuneraciones de recurrentes sin acto administrativo que lo fundamente

El máximo Tribunal concluyó que la recurrente incurrió en una omisión? ilegal que posee evidente aptitud para perturbar el derecho de los actores a la propiedad sobre sus remuneraciones.

1 de febrero de 2020

Por unanimidad, la Corte Suprema revocó sentencia y acogió protección deducida por 15 funcionarios de Departamento de Salud Municipal de la Pintana en contra de la Alcaldesa de la Pintana por eliminar las planillas suplementarias de las remuneraciones de los recurrentes sin el acto administrativo que lo fundamente.

En el escrito, se señala haber recurrido de acción de protección en contra de la Alcaldesa de la Pintana por eliminar las planillas suplementarias de las remuneraciones de los recurrentes y ordenar el reintegro de parte de las mismas, sin el respectivo acto administrativo que lo fundamente.

Los recurrentes estimaron vulneradas sus garantías constitucionales de los numerales 2 y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República.

En su sentencia, la Corte de Apelaciones de Santiago señaló en síntesis que, no puede esta Corte a través de esta acción cautelar, destinada a restablecer a restablecer el imperio del derecho cuando éste se afectó de manera ostensible, adoptar medidas de urgencia para resolver un conflicto que involucra debatir sobre materias que requieren de interpretación de la ley como ocurre con el artículo 4º de la ley 20.250 y, además, sobre la naturaleza del acto que conllevó una afectación de los ingresos de funcionarios públicos, cuestión en la que la Contraloría General de la República tiene atribuciones precisas, razones suficientes para desestimar el recurso de protección deducido por uno de los recurrente, debiendo ser otra la sede donde se discuta lo debatido a través de un procedimiento de lato conocimiento, por lo que se rechazó el recurso de protección.

Sin embargo, el máximo Tribunal por su parte revocó la sentencia apelada, y en su lugar acogió el recurso de protección deducido, señalando en síntesis que siendo un hecho pacifico que la Alcaldesa de la Municipalidad de La Pintana no dictó el acto administrativo que contenga de manera escrita y fundadamente, su decisión de eliminar de las remuneraciones de los recurrentes, el ítems “planilla suplementaria”, a pesar de estar en condiciones de hacerlo desde el mes de mayo último, oportunidad en que una vez ya excluido tal concepto de la remuneración de los recurrentes, envió una comunicación a los funcionarios afectados sin motivación alguna que permitiera comprender los fundamentos de esta decisión, circunstancia que ha de entenderse, entonces, que incurrió en una omisión? ilegal que posee evidente aptitud para perturbar el derecho de los actores a la propiedad sobre sus remuneraciones, y con ellos impedirle agotar los mecanismos de impugnación en  contra de esa decisión.

 

Vea texto íntegro de la sentencia de la Corte Suprema Rol 24210-2019  y de la Corte de Apelaciones Rol 4885 – 2019

 

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