Con un voto en contra.
Corte Suprema confirmó sentencia que rechazó protección deducida por padres de una menor contra SENADIS por no financiar un par de prótesis para rehabilitación de su hija
La Corte Suprema revocó la sentencia apelada y acogió el recurso de protección señalando que, resultó del todo arbitrario rechazar la solicitud de financiamiento de dos prótesis mioeléctricas.

Con un voto en contra, la Corte Suprema revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones deValdivia y acogió un recurso de protección deducido por los padres de una menor en contra del Servicio Nacional de la Discapacidad por no financiar el tratamiento de rehabilitación de la hija de los recurrentes.
En el escrito, se señala haber recurrido de acción de protección en contra del Servicio Nacional de la Discapacidad (SENADIS) y en contra del Ministerio De Salud (MINSAL), no hacer efectivo lo que dictó la Constitución, la Convención sobre los Derechos del Niño, la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, la Carta fundamental de los Derechos Humanos, y la ley 20.422, y específicamente, en caso de SENADIS, por no financiar el tratamiento de rehabilitación de la hija de los recurrentes con un par de prótesis mioeléctricas requerido como único tratamiento posible basándose únicamente en su costo.
Los recurrentes estimaron vulneradas las garantías del artículo 19 de la Constitución numerales 1 y 2.
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