Por unanimidad.
CS confirmó sentencia que rechazó protección deducido por mujer contra ex «pololo» por acosarla diariamente.
La Corte de Santiago indicó que, las situaciones descritas por la recurrente, amparadas por las mensajerías acompañadas al proceso, son suficientes para, razonablemente, presumir la efectividad de los hechos descritos en la acción constitucional deducida.

Por unanimidad, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Concepción y rechazó un recurso de protección deducido por una mujer en contra de su ex “pololo” por acosarla diariamente a través de distinta formas.
En el escrito, se señala haber recurrido de acción de protección en contra de su ex “pololo” de la recurrente por seguirla diariamente, ir a molestarla tanto en su lugar de trabajo como a su casa, para luego seguirla a la recurrente a su trabajo y rondar su casa en la madrugada, junto con llamarla desde su número personal y del número de su trabajo.
La recurrente estimó vulnerada su garantía del artículo 19 de la Constitución numeral 1.
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