Sala Octava.
CC de Colombia ordenó a institución educativa renovar contrato de trabajo a docente que fue discriminada por estar en estado de embarazo.
La Magistratura colombiana sostuvo que La conducta de las directivas de la entidad educativa defrauda la confianza legítima que se le generó a la docente cuando se le dio la palabra de que se le renovaría su contrato.

La Corte Constitucional de Colombia ordenó a institución educativa renovar contrato de trabajo a docente que fue discriminada por estar en estado de embarazo.
Respecto a los hechos, consta que la docente se le había informado con anterioridad que se le renovaría su contrato de trabajo y después de saber que estaba en estado de embarazo, no se le renovó, configurándose una defraudación de la confianza que ésta tenía que continuaría trabajando. En ese sentido, a pesar de darse cuenta que sus compañeras ya tenían fecha para renovar el contrato y creer que para ella se daría el mismo trato, recibió una llamada en la que se le indicaba que la directora general había dado la orden que su contrato no sería renovado, lo que la llevó a pensar que efectivamente el hecho de estar embarazada fue determinante para no firmar su continuidad.
Al respecto, la Magistratura constitucional sostuvo que si el hecho de no renovar la relación laboral de una mujer en estado de gestación obedece a una manifestación previa de su estado, aun cuando ya se le había indicado que, si se le renovaría, se constituye como un acto discriminatorio.
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