Diario Constitucional

Por unanimidad.

CS confirmó sentencia que rechazó protección deducido por Directora de Obras Municipales de la Municipalidad de Arica contra particular por publicación de comentario realizado en su contra en Facebook.

La recurrente estimó que se vulneró su garantía del artículo 19 de la Constitución numeral 4.

Por Redacción·25 de marzo de 2020·1 min de lectura
CS confirmó sentencia que rechazó protección deducido por Directora de Obras Municipales de la Municipalidad de Arica contra particular por publicación de comentario realizado en su contra en Facebook.
Referencial

Por unanimidad, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Arica y rechazó un recurso de protección deducido por la Directora de Obras Municipales de la Municipalidad de Arica en contra de una particular por la publicación de un comentario realizado en su contra en Facebook.

En el escrito, se señala haber recurrido de acción de protección en contra de una particular por la publicación de un comentario en su contra realizada en la red social “Facebook” en el que se incluía su fotografía de perfil.

La recurrente estimó que se vulneró su garantía del artículo 19 de la Constitución numeral 4.

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