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Proyecto de ley busca incorporar a deudores pensiones de alimentos a DICOM.

El objetivo principal del proyecto ingresado es lograr que se cumpla la obligación de pago.

26 de marzo de 2020

El Mensaje Nº 564-367 presentado por el Presidente de la República al Honorable Senado, pretende incorporar dentro del “Boletín de Informaciones Comerciales”, comúnmente conocido como “DICOM”, a los deudores de pensiones de alimentos, con el objeto de lograr persuadir a dichos deudores de cumplir con sus obligaciones y, lograr así, el pago efectivo de sus deudas.
El proyecto señala que no estan siendo efectivos los apremios que actualmente considera nuestra legislación en la materia, consideramos necesario recurrir a otro tipo de herramientas, con el fin de lograr la justicia para tantos niños, niñas y adolescentes de nuestro país que actualmente no están recibiendo aquello a lo que tienen derecho por ley, y a su vez, para tantas personas, especialmente mujeres, que deben enfrentar solas la mantención, educación y crianza de sus hijos.
Con el fin de avanzar en la materia, la iniciativa busca ley pretende introducir modificaciones a la Ley N° 14.908, sobre abandono de familia y pago de pensiones alimenticias, y a la Ley N° 19.628, sobre protección a la vida privada. El proyecto se encuentra con urgencia simple en primer trámite constitucional, en análisis por la Comisión especial encargada de tramitar proyectos de ley relacionados con los niños, niñas y adolescentes del Senado de la República.

Vea texto íntegro del Boletín Nº 13330-07.

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  1. Acudí al Poder Judicial quienes me asignaron Asistente Social y abogado para la demanda por Pensión Alimenticia. No hubo resultados ya que su respuesta fue no haber encontrado al demandado.
    Me parece curioso siendo un Poder del Estado que sí podia a través de PDI hacer esta gestión.