En fallo dividido.
TC rechazó inaplicabilidad que impugnaba norma que restringe apelación respecto de excepciones en juicio laboral.
La Magistratura constitucional adujo que el legislador es libre de establecer un sistema de recursos que le parezcan pertinentes a la naturaleza de la controversia para la protección de los derechos e intereses comprometidos de los justiciables.

El TC rechazó un requerimiento de inaplicabilidad que impugnaba el artículo 453, numeral primero, inciso sexto, del Código del Trabajo.
La gestión pendiente incide en autos laborales seguidos ante el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en actual conocimiento de la Corte de Santiago por recurso de hecho; en ellos, la requirente -Empresa Constructora Fluor Salfa SGO Ltda.- fue demandada en procedimiento de tutela de derechos fundamentales, frente a lo cual opuso una excepción de caducidad de la acción, la cual fue desestimada por el tribunal, interponiendo entonces recurso de reposición y apelación en subsidio, no dando lugar a la primera y rechazando la segunda por improcedente el tribunal, frente a lo cual presentó la requirente el referido recurso de hecho.
El requirente aduce, en síntesis, una infracción a la igualdad ante la ley y la igual protección en ejercicio de los derechos; ya que la norma impugnada establecería dos regímenes distintos según si acoge o no las excepciones que indica. Por un lado, si acoge las excepciones que señala, admite recurso de apelación; por otro lado, si las desestima, dicha resolución no es apelable, o sea, según qué parte sea la favorecida, es que el recurso de apelación es procedente: si beneficia al demandado es apelable, en cambio, si beneficia al demandante sería inapelable.
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