Por unanimidad.
CS confirmó sentencia que rechazó protección deducido por Cabo 2° contra Ejército por dictación de resolución que dispuso su retiro temporal de la Institución.
La Corte de Santiago indicó que, no se vislumbró en la actuación de la institución recurrida la existencia de algún acto ilegal o arbitrario.

Por unanimidad, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Santiago que rechazó un recurso de protección deducido por un Cabo 2° en contra del Ejército de Chile por la dictación de la resolución por la que se dispuso su retiro temporal de la Institución.
En el escrito, se señala haber recurrido de acción de protección en contra del Ejercito por la dictación de la Resolución COP I/1 (P) N° 1615/1238/5664, de fecha 12 de junio de 2019; mediante la cual, se dispuso su retiro temporal por la causal de enfermedad, no correspondiéndole inutilidad, cesándole en su sueldo, actos que acontecen con anterioridad al cierre de la investigación sumaria administrativa, la que debió determinar si supuestamente la enfermedad que padeció es o no profesional o con ocasión del servicio, si tiene grado de inutilidad y si se encuentra médicamente apto para continuar en la Institución.
El recurrente estimó que se vulneró sus garantías del artículo 19 de la Constitución numerales 1, 2, 3 y 24.
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