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Por unanimidad.

CS confirmó sentencia que rechazó protección deducido por sociedad contra ISP por dictación de resolución que le aplicó multa y puso término anticipado a contrato.

La Corte de Santiago indicó que, la recurrida no se encontró inhibida de resolver los recursos administrativos de la recurrente contra la Resolución Exenta Nº 427.

8 de abril de 2020

Por unanimidad, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Santiago que rechazó un recurso de protección deducido por la sociedad Integración de Tecnologías ITQ en contra del Instituto de Salud Pública por la dictación de la resolución que le aplicó a la recurrente una multa y puso término anticipado al contrato entre las partes.

En el escrito, se señala haber recurrido de acción de protección de contra del Instituto de Salud Pública (ISP) por la dictación de la resolución exenta Nº 000427, de fecha 13 de febrero de 2018, que le aplicó a la recurrente una multa y puso término anticipado al contrato entre las partes por los mismos hechos por los que presentó una demanda de resolución de contrato con indemnización de perjuicios ante el 16º Juzgado de Letras en lo Civil de Santiago con 3 meses de anterioridad a la dictación de la resolución.

El recurrente estimó que se vulneró su garantía del artículo 19 de la Constitución numerales 2 y 3.

La Corte de Santiago indicó en su sentencia que, apareció que la Resolución Exenta Nº 427 constituyó un acto administrativo que no alteró la decisión ya tomada por la administración mediante Resolución Exenta Nº 3260, de 7 de diciembre de 2018, sino que rectificó uno de sus aspectos, el resuelvo 4° referido al domicilio de la recurrida, disponiendo nuevamente su notificación, quedando subsanado cualquier eventual vicio que impidiera poner en conocimiento la decisión de la autoridad en orden aplicarle una multa y dar por terminada la contratación de la recurrente.

El fallo agregó que, la recurrida no se encontró inhibida de resolver los recursos administrativos de la recurrente contra la Resolución Exenta Nº 427 porque la pretensión judicial que había ésta última entablado contra aquella, la resolución del contrato con más indemnización de perjuicios, no pretendió atacar la legalidad de la decisión administrativa, de modo que el presupuesto de “identidad de la pretensión” no se configuró en el caso de autos. Si, en cambio, la pretensión judicial en sede civil se hubiera dirigido a obtener la declaración de invalidez del acto administrativo, la prohibición de pronunciarse sobre los recursos administrativos dirigidos al mismo fin hubiera alcanzado a la autoridad administrativa. Razones por las que se rechazó el recurso de protección.

La Corte Suprema por su parte, confirmó la sentencia apelada.                                                               

            

Vea textos íntegros de las sentencias de la Corte Suprema en causa Rol Nº 24858-2020 y de la Corte de Santiago en causa Rol Nº 32660-2019.

 

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