Noticias

Ajustada a derecho.

CGR determinó que funcionaria de Carabineros de Chile no tuvo derecho a hacer uso de los tres días de feriado que reclama.

El órgano contralor adujo que, en el caso de haber utilizado los 17 días que erróneamente le fueron acumulados, incurrió en ausencias injustificadas a sus labores, por lo que procedería que reintegrara las remuneraciones percibidas indebidamente.

10 de abril de 2020

Se ha dirigido a la Contraloría General de la República, una funcionaria de Carabineros de Chile, para solicitar un pronunciamiento que determine si la decisión adoptada por esa institución, en orden a rechazar su solicitud de hacer uso de tres días de feriado correspondiente al año 2018, se ajustó a derecho.
En su informe, el mencionado organismo manifestó, en síntesis, que la recurrente, con fecha 6 de diciembre de 2018, pidió utilizar 17 días de feriado de los 20 que tenía pendientes de ese año, requerimiento que fue rechazado por necesidades del servicio; no obstante, el día 11 de diciembre de 2018, se le autorizó la acumulación de esos 17 días y con fecha 14 de ese mismo mes y año, se le permitió hacer uso de los 3 días de feriado pendientes del año 2018 -entre el 26 y 28 de diciembre de esa misma anualidad-, los cuales fueron descontados de los referidos 17 días que se habían acumulado para el año 2019, toda vez que la requirente no disponía de más días hábiles en los cuales hacerlos efectivos.
Al respecto, el ente contralor indicó que de los antecedentes tenidos a la vista, se ha podido determinar que el día 11 de diciembre de 2018, fecha en que la recurrente solicitó la acumulación de su feriado -mediante el documento N° 1960799-, solo le asistió el derecho a traspasar para el año siguiente 14 días hábiles y no los 17 que le fueron otorgados.
Posteriormente, la entidad de control expuso que, por consiguiente, cabe concluir, por una parte, que la solicitante no tuvo derecho a disfrutar durante el año 2018, de los tres días de feriado que reclama y, por la otra, que en el caso de haber utilizado los referidos 17 días que erróneamente le fueron acumulados, incurrió en ausencias injustificadas a sus labores, acorde con lo resuelto en el oficio N° 73.016, de 2016, de esta procedencia, por lo que procedería que reintegrara las remuneraciones percibidas indebidamente, correspondiendo que Carabineros de Chile, en la medida, por cierto, que no lo hubiere ya realizado, adopte las medidas tendientes a obtener dicha devolución, lo que deberá informar a esta Entidad Fiscalizadora en el plazo de 20 días hábiles contado desde la recepción del presente oficio.
Por último, la entidad fiscalizadora concluyó que lo anterior es, por cierto, sin perjuicio del derecho de la afectada de solicitar al Contralor General la condonación o facilidades para dicho reintegro, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 de la ley N° 10.336.

 

Vea texto íntegro del Dictamen Nº6.498-20.

 

RELACIONADO
* CGR determinó que funcionaria del Ejército debe restituir sumas que le fueron pagadas en exceso por concepto de remuneraciones…

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *