Diario Constitucional

Por unanimidad.

CS confirma sentencia que declaró inadmisible protección contra el Registro Civil por denegar solicitud de rectificación de posesión efectiva para agregar heredero.

Corte de Santiago señaló que protección no es la vía idónea.

Por Redacción·13 de abril de 2020·1 min de lectura
CS confirma sentencia que declaró inadmisible protección contra el Registro Civil por denegar solicitud de rectificación de posesión efectiva para agregar heredero.
Referencial

En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó lo resuelto por la Corte de Apelaciones de Santiago que declaró inadmisible protección deducida por particular en contra del Servicio de Registro Civil e Identificación, frente a la resolución que rechazó la rectificación de la solicitud de posesión efectiva intestada.

Recurrente señaló en su libelo, que la autoridad administrativa no hizo lugar a la solicitud que pretendió agregar un nuevo heredero a la petición de concesión del auto de posesión efectiva que data del año 1972.

La Corte de Apelaciones de Santiago indicó que, de los antecedentes que obran en la causa, los hechos expuestos en la presentación, en relación con lo señalado en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, se colige que la acción presentada no reúne los requisitos que permitan declarar su admisibilidad, pues no es la vía idónea al efecto. Por ello, la sentencia declaró inadmisible la acción entablada por la recurrente.

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