En fallo unánime.
Corte de Valdivia ordena a hospital adaptar protocolos para garantizar seguridad de funcionarios ante pandemia de COVID-19.
El Tribunal de alzada acogió la acción judicial deducida, tras establecer que el actual protocolo se circunscribe a un estado de normalidad sanitaria y no se ajusta a una pandemia, como la que actualmente se registra en el país.

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Valdivia acogió el recurso de protección presentado en contra del Hospital Base de la ciudad, por funcionarias del recinto asistencial que el 11 de marzo pasado, debieron atender a paciente sospechoso de covid-19, sin medidas de seguridad, debido a que el protocolo vigente considera que dichos insumos solo se deben proporcionar en casos confirmados de coronavirus.
La sentencia sostiene que asimismo, del tenor de los hechos fundantes del recurso, el acto que se estima ilegal y/o arbitrario no es la ausencia de medidas de protección, sino más bien su distribución y acceso frente a un fenómeno como es la Pandemia mundial derivada del Covid-19, por lo cual, tanto la existencia de ‘stock’ de suministros como de los protocolos de medidas de seguridad para la salud invocadas por el recurrido claramente existen, pero impresiona que se encuentran más bien circunscritos a criterios técnicos y objetivos de normalidad sanitaria.
La resolución agrega que asentado lo anterior, se advierte nítida la necesidad de adaptar los Protocolos de Seguridad en la Salud existentes a la actual contingencia sanitaria pandémica, lo cual debe incluir consideraciones propias de la ciencia médica y de disciplinas como la Salud Pública, debiendo mantener coherencia con lo dispuesto por las autoridades sanitarias y racionalidad con los recursos materiales disponibles; de todo lo cual es factible concluir que se exceden las materias propias de competencia de esta Corte, dada su especial naturaleza, cuyo aborde ha de ser naturalmente de resorte de las entidades administrativas correspondientes del área de la Salud.
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